Juntas de compensacion

may 09, 2011 Sin Comentarios por

Vamos a ir explicando que es una junta de compensacion, porque nunca esta de mas conocer temas que nos vendran bien. Asi mientras esperamos la firma en unos dias de la cesion, nos vamos entreteniendo. ¿ que os parece ?

Esta semana la dedicaremos al urbanismo.

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Veamos que es una junta de compensacion:

En los suelos urbanizables delimitados, y en los suelos urbanos no consolidados, es decir en aquellos que están sujetos a operaciones de transformación y desarrollo, para poder edificar es necesario una serie de trámites.

El primero es que los propietarios que estén en el interior de la delimitación de dichos suelos y los propietarios de los suelos adscritos aporten su suelo a una entidad jurídica que se llama junta de compensación.

A partir de ese momento dejan de ser los propietarios de los suelos y pasan a tener derechos («acciones») en esa Junta de Compensación. Los derechos pueden venderse.
Los que no se incorporan a la Junta de Compensación son expropiados por el Ayuntamiento, siendo beneficiaria de la expropiación la Junta de Compensación.

La Junta, prepara los proyectos necesarios: Plan Parcial o especial y proyecto de reparcelación. Y el proyecto de urbanización.

Una vez aprobado el proyecto de reparcelación, los accionistas reciben su dividendo, es decir las parcelas lucrativas resultantes, y pagan su «impuesto» es decir las cesiones obligatorias al Ayuntamiento. Las parcelas resultantes las reciben con una carga real -además de las que tuvieran propias – que es la obligación de urbanizar.

La Junta que sigue existiendo, redacta y procede a ejecutar la urbanización, pasando las «cuotas» a cada uno de los propietarios en proporción a su carga urbanística.
Terminada la urbanización, el Ayuntamiento la recibe, y la Junta procede a disolverse.

Según leyes autonómicas, entonces debe procederse a constituir una » junta de conservación», es decir los comuneros se constituyen en comunidad de propietarios para mantener la urbanización en las debidas condiciones.

Fuente: Foro Solo Arquitectura.

¿ Que juntas de compensacion tenemos en nuestra zona ?

Fijaros en las areas F:

 (las fechas de los documentos, son propias del blog, cada documento va fechado en el interior).

  15 enero, 2011 :: F-54-2: Plan especial de reforma interior F54-2 (14,0 KiB, 1.722 descargas)

  30 enero, 2010 :: F-55-2: Avenida de Cataluña. C/ Santa Fe. (14,0 KiB, 902 descargas)

  30 enero, 2010 :: F-55-4: Avenida de Cataluña, c/ Río Ara (Este). (14,0 KiB, 991 descargas)

  30 enero, 2010 :: F-55-3: Avenida de Cataluña, c/ Río Ara (Oeste). (14,0 KiB, 819 descargas)

  30 enero, 2010 :: F-55-5: ESTE:Límite con el SISTEMA GENERAL URBANIZABLE adscrito al sector de suelo urbanizable delimitado SUZ(D)55-1. NORTE: Límite con las áreas de intervención G-55-1 y F-55-2 y hasta la línea del dominio público de la AVDA. de CATALUÑA. OESTE: Límite la C/SANTA FE, incluso terrenos del CONVENIO con FILTROS MANN, S.A. donde estos rebasen el trazado de la calle. SUR: Límite la alineación del trazado viario del SISTEMA GENERAL URBANIZABLE de comunicaciones, viario prolongación de la AVDA. de la JOTA. (14,0 KiB, 998 descargas)

Si alguno de los expertos que nos visitan, quieren hacer alguna aclaracion, o añadir algo sobre el tema, no duden en hacerlo y asi iremos dando forma al articulo.

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Vallado en zona REMAR
Mejor calladito
La Avenida, Plan urbano suz 55, Zaragoza

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